9 de octubre de 2009

Soportes interactivos

El uso de diversos soportes informativos supone una ventaja, siempre que los contenidos sean homogeneos. La clave está en que se nutran de una fuente común. Eso evita problemas de actualización y duplicidad de la información que puede convertir en un infierno la gestión de cualquier entidad.
Estamos valorando la adquisición de puntos de información interactivos. Un ejemplo avanzado de este soporte es el sensitive table.

8 de octubre de 2009

Worl builder: video futurista


Conocimos a Bruce Branit a través de un video llamado '405' que tuvo mucho éxito en la red. Se le considera precursor de los 'viral films' o hablando de forma más ámplia, del marketing viral.
Acabo de ver un corto suyo 'World Builder', una breve historia de amor prospectiva que nos muestra cómo puede ser la bricomanía del futuro. Muy bueno.

13 de julio de 2009

Implantación del software libre en las AAPP


El gobierno ha dado un gran paso adelante con la creación del Cenatic, Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) basadas en fuentes abiertas.
Esta gente está trabajando en serio. Felicitaciones. Destacar este estudio de la LAECSP, Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos o 11/2007, donde se desglosan los elementos funcionales que intervienen en ella, así como los procesos implicados. Claro y facil.

10 de julio de 2009

All for good: voluntarios 2.0


All for good es una forma simple de relacionar actividades con voluntarios en comunidades locales.
Inspirados en el llamamiento de Obama para implicar a los ciudadanos en el voluntariado comunitario, un grupo de personas pertenecientes a los sectores tecnológico, del marketing y de la Administración Pública han formado una ONG que desarrolla y mantiene este sistema, alojado en los servidores de Google, que aporta varios ingenieros dentro de su proyecto 20 por ciento (La compañia permite a sus ingenieros utilizar un día de la semana laboral en proyectos de su interés personal).
All for Good te permite visualizar las actividades que existen en tu área geográfica y seleccionarlas por temática o fechas, con un interfaz muy simple.
Lo más potente del sistema, basado en código abierto (ver las API's publicadas), es la posibilidad de acceder con tu cuenta de red social (por ahora Google, AIM, Netlog, OpenID, Yahoo y Facebook) e intercambiar cómodamente esta información con tus contactos.
El servicio se integra en el portal del gobierno serve.gov.
Otros sitios interesantes sobre voluntariado y ONGs: idealist.org, volunteermatch.org y youtube.com/videovolunteers

9 de julio de 2009

23 de junio de 2009

Desbloqueo de PDFs online

¿Quieres copiar texto de un PDF y no puedes? Esta página te genera un nuevo PDF que lo permite. No necesitas instalar ninguna aplicación, el proceso se efectua online.
Si prefieres una aplicación para generar PDFs que se instale en tu equipo, puedes descargarte PrinceXML, para componer e imprimir documentos escritos en HTML, XHTML o uno de los muchos formatos de documentos basado en XML. Gratis para uso personal.

12 de junio de 2009

La organización bibliotecaria de Andalucia

La Constitución especifica en su art. 148.1 que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias exclusivas en aquellas bibliotecas que no sean de titularidad estatal. El Sistema Bibliotecario de Andalucía se conforma sobre la base legal constituida por con los arts. 13 y 17 del Estatuto de Andalucía, L.O. 6/1981, de 30 de diciembre, los decretos de transferencias y los convenios de gestión, además de la legislación específica de bibliotecas:

El Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 8/1983, de 3 de noviembre, de Bibliotecas, con el fin de diseñar las líneas maestras del Sistema Bibliotecario de Andalucía.

Posteriormente se apueba la Orden de 5 de diciembre de 1986 por la que se establece el procedimiento para la creación de Bibliotecas Públicas, y el Decreto 294/1987, de 9 de diciembre, por el que se desarrolla la Biblioteca de Andalucía.

Como desarrollo de la citada Ley 8/1983, la Consejería de Cultura elaboró el Decreto 74/1994, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía.

Toda esta legislación ha quedado derogada. En primer lugar por el Decreto 230/1999, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía. Posteriormente se aprueba la Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

Analicemos estas:
Decreto 230/1999, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía:
Designa a la Consejería de Cultura y al Consejo Andaluz de Bibliotecas como órganos del sistema, y como centros a la Biblioteca de Andalucía, a las bibliotecas integrantes de la Red de Lectura Pública y a todas las demás bibliotecas de uso público de competencia autonómica radicadas en Andalucía, sea cual fuere su titularidad.

En este Decreto se asignan a la Biblioteca de Andalucía su estructura y funciones actuales. Ver aquí las normas que afectan a la BA.

Respecto a las bibliotecas docentes, distingue entre las universitarias y escolares, dejando pendiente de Orden conjunta de las Consejerías de Educación y Ciencia y de Cultura la integración en el Sistema Bibliotecario de Andalucía, y, en su caso, en la Red de Lectura Pública, así como la colaboración de los servicios bibliotecarios municipales con los centros escolares. A tales efectos, la colaboración de la Administración de la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos podrá articularse mediante convenio.
La Sección séptima Especifica los requisitos que deben cumplir las Bibliotecas Públicas Municipales.
Este Decreto establece que los ayuntamientos titulares de Bibliotecas Públicas tendrán que adecuar los servicios bibliotecarios municipales a lo dispuesto en este Reglamento en un período máximo de tres años, que se amplió hasta el fin de 2006 por decreto 6001/2003. Un desarrollo del reglamento se encuentra en la Orden de 24 sep de 2001 reguladora del Acceso, servicios y servicio de préstamo de las bibliotecas de la Red de Lectura Pública de Andalucía ( BOJA nº 129, de 8 de noviembre de 2001) (pdf)

Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación:

Cita las pautas establecidas en diversos documentos supranacionales, posteriores a la Ley de 1983, como son el

El Sistema Andaluz es configurado como conjunto de órganos, centros y medios, en el que todos los registros culturales y de información y demás recursos bibliotecarios y documentales que lo integran constituyen una unidad de gestión al servicio de los ciudadanos y las ciudadanas y de la comunidad (no sólo los fondos de las bibliotecas, como establece el artículo 4 de la Ley de Bibliotecas de 1983).
La Consejería de Cultura tiene encomendada, a través de sus centros directivos y unidades orgánicas, la política bibliotecaria de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como la gestión de las ocho Bibliotecas Públicas Provinciales.
Según el Art. 10, el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación está constituido por la Consejería competente en materia de bibliotecas y de centros de documentación, el Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación (ver Decreto 239/2005, de 2 de noviembre, por el que se regulan la composición, las funciones y el funcionamiento del Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación) y los siguientes centros:
a) La Biblioteca de Andalucía. Es la biblioteca central del Sistema. Entre sus funciones, similares a la de una B nacional, destacamos la de prestar servicios de biblioteca pública y centro de documentación de uso público, accesibles desde todo el territorio de Andalucía, cuando no puedan ser prestados de una forma más eficaz y rentable.
b) Las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales,
c) Las bibliotecas públicas municipales y supramunicipales, así como los servicios bibliotecarios móviles del mismo ámbito.
d) Las bibliotecas universitarias y sus centros de documentación.
e) Las bibliotecas escolares y las restantes bibliotecas y centros de documentación de competencia autonómica y uso público.
f) Las bibliotecas y centros de documentación de titularidad privada que se incorporen al Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación, de acuerdo con lo establecido en esta Ley y en su desarrollo reglamentario.
Artículo 13. Redes del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
1. ...el SABCD se estructura en una biblioteca central, la Biblioteca de Andalucía, y dos redes: la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía y la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas de Andalucía. No obstante, podrá haber centros no integrados en dichas redes.
El Capítulo 4 de la Ley se dedica a la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
Composición: los servicios para la lectura pública de la Biblioteca de Andalucía, las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales, bibliotecas supramunicipales, bibliotecas municipales y bibliotecas de barrio o, en general, de ámbito territorial inferior al del municipio, los servicios bibliotecarios móviles y por bibliotecas privadas de uso público general que se incorporen al SABCD. Las bibliotecas escolares podrán formar parte de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía mediante fórmulas de cooperación.

Se señalan como derechos de los usuarios de la RBPA estos servicios, instalaciones y equipamientos bibliotecarios mínimos:
a) Lectura, préstamo y referencia para adultos, jóvenes y niños.
b) Colecciones de fondos de interés local y regional.
c) Información ciudadana.
d) Materiales y servicios adaptados a colectivos con necesidades especiales.
e) Acceso a la consulta de materiales en todo tipo de soporte, incluido el acceso telemático a redes de información.
f) Instalaciones y condiciones de accesibilidad adecuados a la normativa vigente.

Las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales asumirán en el ámbito provincial las funciones de centro bibliográfico, de gestión de la cooperación bibliotecaria, de biblioteca central de préstamo y de gestión de los servicios de apoyo y cooperación que la Consejería competente preste a los centros de la RBPA en la provincia.
Para ámbitos territoriales superiores al municipal y menores que el de la provincia, la Consejería competente podrá designar o autorizar la creación de bibliotecas supramunicipales. Estas b. supramunicipales ejercerán, para un área geográfica determinada, las funciones de biblioteca central de préstamo, de cooperación interbibliotecaria, centro bibliográfico y de recursos para actividades de extensión bibliotecaria y prestación del servicio de lectura en relación con los municipios de su área geográfica, preferentemente para municipios con población de hasta 5.000 habitantes que carezcan de biblioteca. En la gestión participarán los municipios afectados.
Artículo 22. Bibliotecas municipales.
Distingue entre los municipios de hasta 5.000 habitantes, que podrán delegar o conveniar el servicio de biblioteca pública. Con más de 5.000 habitantes deberán prestar el servicio de biblioteca pública. Con más de 20.000 habitantes, el servicio de biblioteca pública se prestará a través de una biblioteca central y de bibliotecas sucursales, y, en su caso, también a través de servicios móviles.
Artículo 23. Obligaciones de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.

Destaca el punto 3. Las bibliotecas públicas que puedan ofrecer por sí mismas todos los servicios enumerados en el artículo 18, y, en todo caso, las bibliotecas supramunicipales y las centrales de municipios de más de 20.000 habitantes, deberán además mantener organizado y actualizado un repertorio de referencias bibliográficas y direcciones de acceso a los recursos de interés para el área a la que sirven, disponibles en acceso remoto tanto por préstamo interbibliotecario, como en la red de la que la biblioteca pueda formar parte, o a través de redes telemáticas.
Artículo 34. Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía. Se aprobará con periodicidad cuatrienal
Otros planes relativos a BP andaluzas: Plan Integral para el Impulso de la Lectura en Andalucía
Otras normas:
Orden de 30 de julio de 2007, por la que se modifica la de 24 de septiembre de 2001, por la que se regula el acceso, servicios y servicio de préstamo de las Bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía (BOJA nº 170, de 29 de agosto de 2007) (pdf)
Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establecen los requisitos para la obtención de la tarjeta de usuario de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía (BOJA nº 17, de 27 de enero de 2009) (pdf)